Vasquez Perdomo v. Noem es una demanda presentada en el Tribunal de Distrito de los EE. UU. para el Distrito Central de California por cinco demandantes individuales y cuatro organizaciones demandantes, la Red de Centros de Trabajadores de Los Ángeles (LAWCN), Trabajadores Agrícolas Unidos (UFW), Coalición por los Derechos Humanos de Inmigrantes (CHIRLA) y el Centro de Defensa Legal para Inmigrantes (ImmDef).
La demanda impugna las políticas y prácticas del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) y otras agencias federales en relación con las redadas de inmigración en el sur de California. Más específicamente, la demanda impugna las detenciones generalizadas, discriminatorias por razón de raza y sin sospecha de las personas por parte de los demandados; sus arrestos sin orden judicial de personas sin seguir los requisitos bajo la ley federal; y su detención de individuos en un centro de detención en el centro de Los Ángeles llamado B-18 en condiciones inhumanas y sin acceso a un abogado.
Algunos de los demandantes también buscan representar a tres categorías de individuos, es decir, personas que han sido o serán:
La demanda enmendada se presentó el 2 de Julio de 2025.
La Ciudad de Los Ángeles, el Condado de Los Ángeles, así como Culver City, Montebello, Monterey Park, Pasadena, Pico Rivera, Santa Mónica y West Hollywood, también se han movido a intervenir en el caso.
El 2 y 3 de Julio de 2025, los demandantes presentaron dos solicitudes de una orden de restricción temporal (TRO).
El 11 de Julio de 2025, el tribunal de distrito concedió las solicitudes de alivio de emergencia de los demandantes.
Las órdenes de restricción temporal (TRO) no finalizarán automáticamente después de 14 días. Las TRO están en vigor hasta que el tribunal decida sobre una futura moción para una orden judicial preliminar, que los demandantes planean presentar el 28 de Julio, y ahora hay una audiencia programada para el 24 de Septiembre a las 9 a.m. Sin embargo, el gobierno ha apelado las TRO y ha solicitado que la TRO de los demandantes de detención/Arresto sea 'suspendida' o pausada mientras la apelación está pendiente. Vea a continuación para más información.
La orden del tribunal de distrito abarca los siete condados que forman parte del Distrito Central de California: Los Ángeles, Orange, Riverside, San Bernardino, San Luis Obispo, Santa Bárbara y Ventura.
La orden se aplica a todos los oficiales que estan llevando a cabo la aplicación de la inmigración en el Distrito Central de California. Prohíbe las detenciones ilegales por parte de los agentes del DHS, incluidos ICE (Inmigración y Control de Aduanas), que incluye ERO (Operaciones de Ejecución y Expulsión) y HSI (Investigaciones de Seguridad Nacional), CBP (Aduanas y Protección Fronteriza), y por otros agentes que participan en la aplicación de la inmigración, como el FBI (Buró Federal de Investigación).
No, no del todo. La orden del tribunal de distrito del 11 de Julio significa que los agentes federales de inmigración no pueden basarse únicamente en cuatro factores como motivo para detener a una persona: (1) su raza o etnia aparente; (2) el hecho de que hablen español o inglés con acento; (3) su presencia en un lugar específico como una parada de autobús, un lavado de autos o un sitio agrícola; o (4) el tipo de trabajo que realiza la persona.
Porque la evidencia muestra que los agentes federales están realizando "patrullas móviles" y deteniendo a individuos sin ninguna información específica más allá de estos cuatro factores inadmisibles, la orden debería afectar la capacidad de los agentes para continuar deteniendo y aterrorizando a personas como lo han estado haciendo. Pero no impide que los agentes se acerquen a las personas para interrogarles con su consentimiento y no impide que los agentes detengan a una persona si tienen información específica sobre esa persona, más allá de solo estos cuatro factores, que indica que la persona está violando la ley federal o se encuentra en el país de manera ilegal. Por ejemplo, los agentes pueden tener información sobre una persona que tiene una orden final de expulsión, además de información sobre cómo se ve y dónde trabaja, que pueden usar para detener y arrestar a esa persona.
¿Qué significa eso?
El 13 de Julio, el gobierno federal apeló parte de la orden del tribunal de distrito del 11 de Julio ante el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito. El gobierno apeló la orden de restricción temporal (TRO) de los Demandantes detención/arresto, que prohíbe a los agentes detener a individuos sin una sospecha razonable y ordena que los agentes no pueden basarse únicamente en los cuatro factores descritos anteriormente. El gobierno NO ha apelado la TRO de los Demandantes
Access/Detention, la parte de la orden de TRO del tribunal del 11 de Julio que requiere visitas legales en B-18 y acceso a una línea telefónica confidencial para comunicarse con abogados.
El gobierno también ha solicitado al tribunal de distrito y al Tribunal de Apelaciones que “suspendan” la orden de restricción temporal (TRO) de los demandantes de Detención/Arresto, que prohíbe a los agentes detener a individuos sin una sospecha razonable como se describió anteriormente. Si se concede, una “suspensión” pausaría la efectividad de la TRO de los demandantes de Detención/Arresto hasta que el Tribunal de Apelaciones decida si la TRO es apropiada. Los demandantes de Vasquez Perdomo y sus abogados se oponen firmemente a las solicitudes del gobierno de una suspensión.
El 14 de Julio, el gobierno presentó dos mociones solicitando que la Corte de Apelaciones "suspenda" la orden de restricción temporal (TRO) de los demandantes de Detención/Arresto. El gobierno también presentó una moción ante el tribunal de distrito solicitando lo mismo: que el tribunal suspenda la TRO de los demandantes de Detención/Arresto mientras la apelación está pendiente. El 16 de Julio, la Corte de Apelaciones denegó la solicitud del gobierno para una suspensión de la TRO de los demandantes de Detención/Arresto, señalando que el gobierno no presentó primero su moción ante el tribunal de distrito y no explicó por qué hacerlo habría sido impracticable. También el 16 de Julio, el tribunal de distrito denegó la moción del gobierno solicitando una suspensión, concluyendo que el gobierno no puede ser perjudicado al tener que cumplir con la ley y que la TRO no interfiere con la aplicación legal de la ley de inmigración por parte del gobierno.
Desde entonces, el gobierno ha presentado otra moción para suspender la orden de restricción temporal de los Demandantes de Detención/Arresto ante la Corte de Apelaciones. El 18 de Julio, la Corte de Apelaciones rechazó la solicitud del gobierno de suspender inmediatamente la orden de restricción temporal de los Demandantes de Detención/Arresto y ha fijado una audiencia para el 28 de julio de 2025, a la 1 pm PDT, donde el tribunal escuchará los argumentos sobre la moción del gobierno para suspender la orden de restricción temporal de los Demandantes de Detención/Arresto mientras la apelación está pendiente.
A partir de la fecha en que se publica esta FAQ (21 de Julio), la orden del 11 de Julio, que incluye el TRO de los Demandantes de Detención/Arresto, sigue en vigor y el gobierno debe cumplirla. Continuaremos proporcionando actualizaciones a través del sitio web de ACLU SoCal aquí y las plataformas de redes sociales (Instagram, X, Bluesky).
Los demandantes y sus abogados están luchando para preservar el TRO de los Demandantes de Detención/Arresto que impide al gobierno federal detener a individuos en violación de la Cuarta Enmienda. Habrá una audiencia en la Corte de Apelaciones sobre la moción del gobierno para suspender el TRO el 28 de Julio a la 1pm PDT.
La orden de restricción temporal de los demandantes de acceso/detención que exige que el gobierno federal proporcione a las personas detenidas acceso a un abogado se mantendrá por el momento.
Los demandantes y sus abogados también se están preparando para solicitar al tribunal que emita una orden de prohibición preliminar que, de ser concedida, proporcionaría alivio por las violaciones del gobierno durante un período de tiempo más largo, mientras la demanda esté pendiente y en proceso de decisión. Los demandantes presentarán su moción para una orden de prohibición preliminar el 28 de Julio de 2025, y se ha programado una audiencia para el 24 de Septiembre de 2025 a las 9 a.m. ante el tribunal de distrito.
Si usted o un ser querido fueron detenidos o arrestados por agentes de inmigración, por favor contacte a la ACLU SoCal en https://socalintake.aclusocal.org/. Si usted o un ser querido están o estuvieron detenidos en B-18 y han tenido problemas para acceder a un abogado u otras condiciones, por favor comuníquese con Public Counsel al 213-385-2977 o con ImmDef al 213- 833-8283.
Por favor, también contacta a tu red local de respuesta rápida (encuentra tu RRN local aqui) si observa actividad de inmigración o si un ser querido ha sido arrestado por agentes de inmigración.
También puedes aprender más sobre CHIRLA, la Red de Centros de Trabajadores de Los Ángeles y sus centros miembros, y la UFW.
Si te encuentras con agentes de inmigración en público
Si interactúas con agentes de inmigración en el lugar de trabajo (se aplican todas las recomendaciones anteriores)
Si te arrestan y te llevan a una instalación como B-18 -- el edificio federal en Los Ángeles
Para los respondedores rápidos, su derecho a grabar y qué detalles capturar: Independientemente de su estado migratorio o de si conoce a la persona que está siendo arrestada, bajo la Primera Enmienda, tiene el derecho de grabar a las fuerzas del orden ejerciendo sus deberes oficiales, incluidos ICE y otras autoridades federales de inmigración.
*La información en este documento no constituye, ni está destinada a constituir, asesoramiento legal, y es solo para fines informativos generales. Debe contactar a un abogado para obtener asesoramiento legal. La información en esta guía también puede no constituir la información más actualizada y debe ser verificada con fuentes actuales.