¿QUIERES PARTICIPAR EN UN PARO O EN UNA HUELGA ESTUDIANTIL? ¿TIENES PREGUNTAS ACERCA DE LA LIBERTAD DE EXPRESION EN TU ESCUELA?
La Union Americana de Libertades Civiles (American Civil Liberties Union, ACLU, por su siglas en ingles) te ofrece la siguiente informacion acerca de tus derechos. Para obtener mas informacion, lee “School Discipline: A Guide for Students & Parents,” un folleto informativo de el ACLU sobre la practica de suspension y expulsion en las escuelas publicas de California. El folleto se encuentra en el website www.aclunc.org/students/discipline.pdf. También, los leyes se puedan cambiar. Estos son actuales en California en la fecha abril de 2006.
EL PARO o HUELGA ESTUDIANTIL y LAS EXPRESIONES, DISCURSOS, Y LENGUAJE POLITICO (LO QUE TU, EL ESTUDIANTE, DICES O ESCRIBES) EN LA ESCUELA
¿Que debo de hacer si la direccion escolar amenaza a cualquier estudiante que participe en una futura huelga estudiantil?
Como la ley requiere que asistas a la escuela, la direccion escolar si puede imponer medidas disciplinarias por faltar, aun si faltas por asistir a una accion politica. Sin embargo, la direccion escolar no te puede imponer un castigo mas severo por faltar por asistir a un evento politico, que el mismo castigo que reciben otros estudiantes cuando faltan por diferentes razones. Por ejemplo, si el asistir al periodo de detencion es el castigo de costumbre, es posible que te veas obligado a cumplir con lo mismo si faltas a la escuela por participar en una manifestacion.
¿Se me puede suspender por salirme de la escuela para asistir a una manifestación politica?
Generalmente, no. La ley dice claramente que la suspension no es un castigo apropriado por faltar a la escuela sin excusa. Segun el Codigo Educacional de California, Seccion 48900(v): “La Camara Legislativa intenta que se encuentren alternativas a la suspension o expulsion de estudiantes con faltas por llegar tarde, ausencias injustificadas o cualquier otra falta en asistencia. Es mas, la ley igualmente clarifica que con excepcion de ciertas ofensas serias (que no incluye ausencias injustificadas), la suspension solo se puede imponer como ultima medida. Segun el Codigo Educacional, Seccion 48900.5, “la suspension se impone solo cuando otras medidas fallan en producir el comportamiento apropiado. Asi, suponiendo que no tienes una historia de ausencias injustificadas, tu escuela debe tomar pasos para correjir tu comportamiento, en vez de suspenderte por salir de clases para asistir a una protesta.
¿Que quiere decir “truant”?
En la definicion de “truant”, segun el Codigo Educacional de California, Seccion 48260, un estudiante es calificado como “truant” solo si “falta a la escuela sin excusa valida por tres dias completos en un ano escolar, o por llegar tarde, o faltar por mas que cualquier periodo de 30 minutos durante el dia escolar sin excusa valida en tres ocasiones durante un ano escolar, o en cualquier combinacion.” O sea, si esta es tu primera o segunda falta o tardanza sin permiso en el ano escolar, no se te puede reportar como “truant”.
¿Pueden tomar medidas disciplinarias conmigo por “truant” - faltar a la escuela sin permiso?
Si en efecto calificas como “truant” (ver la definicion anterior), el Codigo Educacional, Seccion 48264.5 especifica las medidas que tu escuela te puede imponer. A partir de un periodo de ausencias injustificadas, se te puede exigir que asistas a clases compensatorias en el fin de semana. A la vez, despues de la primera ofensa, la escuela te puede dar una advertencia oficial en escrito que se guardara en tu expediente escolar y se compartira con la policia. En la segunda ofensa con ausencias injustificadas, durante el mismo ano escolar, se te puede asignar a un programa escolar de estudio despues de horas regulares de clases o en el fin de semana. En la tercer ofensa, durante el mismo ano escolar, se te clasificara como “ausente habitual” y seras obligado a participar en un programa creado para ayudarte. Si recibes advertencia en una cuarta ocasion, se te puede otorgar tu custodia al estado, se te puede pedir asistencia en un trabajo comunitario o un programa especial. Tambien, si se te califica como “truant”, se les puede imponer a tus padres una multa de $100 (cien dolares) por la primera ofensa, y esto puede aumentar con futuras faltas.
Si las autoridades te encuentran fuera de tu casa o ausente de la escuela sin excusa valida, ciertas personas de la direccion escolar o la policia te pueden imponer custodia temporal durante horas de clases. Si esto sucede, tales personas tienen que entregarte a tus padres o guardian, a la escuela, o a un centro comunitario para servicios de consejeria.
¿Que debo de hacer si la direccion de la escuela amenaza con cerrar las puertas de salida bajo llave o bloquear las salidas para prevenir que los estudiantes se salgan?
El cerrar las puertas de salida de la escuela bajo llave puede provocar inquietudes acerca de la salud y seguridad en el personal escolar y los estudiantes. En un caso, cuando instructores se quejaron porque la direccion aseguro las puertas de salida bajo llave, un equipo de bomberos de la localidad respondieron por insistir en que la direccion librara las salidas para evitar peligro de incendio. Si la direccion de tu escuela amenaza con encerrar a los estudiantes para detener un paro estudiantil, los estudiantes deben de avisar a sus padres y al superintendente del distrito escolar inmediatamente.
¿Puedo organizar una protesta en mi escuela?
Esto depende de las actividades especificas que tienes planificadas y de cuando sucedera el evento. Recuerda que tu escuela puede imponer normas que regulan el “cuando, donde, y como” del ejercer tu derecho a la expresion libre. Consecuentemente, no puedes organizar una protesta si: causa interrupcion substancial al orden de operaciones de tu escuela; provoca acciones estudiantiles ilegitimas o en violacion de las reglas escolares. Sin embargo, si puedes organizar una protesta pacifica y ordenada, por ejemplo, antes o despues de clases, o durante la hora del almuerzo. En cambio, el numero de participantes en la accion, asi como otros factores, pueden afectar donde y a que horas se desarrolle la manifestacion. Si tienes dudas acerca de lo legitimo de tus planes para una protesta, debes de investigar las reglas escolares escritas acerca de discursos, language, y expresion. Tambien puedes llamar al ACLU al 415-621-2493 o 621-2488.
¿Puedo expresar mis opiniones politicas mientras estoy en la escuela?
Si. La Primera Enmienda a la Constitucion de los Estados Unidos y el Articulo 1, Seccion 2 de la Constitucion Estatal de California, garantizan la libertad de expresion y la libertad de la prensa al pueblo, incluyendo a los estudiantes. A la vez, en California, dos leyes especiales protegen especificamente los derechos estudiantiles a la libertad de expresion y de la prensa en la escuela.
El Codigo Educacional de California, Seccion 48907 otorga una garantia especial a los estudiantes para expresar sus opiniones politicas. Esto incluye, pero no se limita a:
  • El portar botones, placas, y otras insignias. También incluye gafetas (tiras de tela amarradas a los brazos), y camisetas con mensajes
  • El poner avisos en tableros escolares de anuncios
  • La distribucion de peticiones
  • La distribucion de otros materiales de imprenta, como folletos
  • El cooperar, escribir, redactar para un periodico o folleto oficial, o el anuario estudiantil en una escuela publica
  • El cooperar, escribir, redactar para un periodico no oficial en la escuela
Aunque la Seccion 48907 solo aplica a las escuelas gubernamentales, la Seccion 48950 (en vigor, 1992) si extiende la libertad de expresion a las secundarias particulares en la mayoria de circunstancias.
¿Puede el personal de mi escuela limitarme en la expresión de mis ideas politicas?
Si. Aunque tienes amplios derechos a expresar tus puntos de vista en muchas maneras, tu escuela puede tomar medidas razonables para regular el “cuando, donde, y como” de ejercer los derechos a la expresion libre. Por ejemplo, tu escuela puede enforzar una regla que prohibe la distribucion de folletos durante horas de clase. En cambio, una regla prohibiendo la distribucion de folletos durante la hora del almuerzo no se permite.
A la escuela no se le permite prohibir o censurar actividades estudiantiles de discurso o de la prensa basada en su contenido (lo que tu expresas o dices), al menos que aplique una de estas tres excepciones:
  1. Si el contenido es legalmente “obsceno”.
  2. Si el contenido es calumnioso (o sea, es falso y perjudica la reputacion de alguien; y si por tu descuido, o si lo escribiste o expresaste sabiendo o debiendo de saber que era falso; o
  3. Si se crea un peligro inmediato de causar a los estudiantes cometer un acto ilegitimo o en violacion de las reglas escolares, o si causaria una interrupcion marcada en el orden de la escuela.
El director o los instructores de tu escuela pueden pensar que algo que tu dices o escribes es controversial, divisivo, en “mal gusto,” o expresa una opinion politica en contra de lo establecido por tu escuela. Aun asi, no pueden censurar lo que tu digas o escribas, al menos que apliquen las excepciones ya mencionadas. Un factor es muy claro ante la ley: Afuera del mismo salon de clases, oficiales escolares no pueden simplemente imponer su propio criterio sobre lo que compone el buen gusto o la decencia del discurso o escritos estudiantiles. Sin embargo, tu, como estudiante, te puedes evitar algunos problemas si logras expresarte sin usar profanidad o referencias sexuales.
¿Si la direccion escolar siente que cierto tema es muy controversial, puede prevenir que los estudiantes se expresen acerca de esta cuestion?
No. El hablar sobre temas como la guerra o cortos al presupuesto educacional les puede parecer controversial a los directores de tu escuela. Sin embargo, como ya mencionamos, estos temas no se pueden censurar, solo si existen claras pruebas que tal discurso puede provocar a los estudiantes a cometer actos ilegitimos o interrupciones al orden escolar. Aunque la discusion sobre la guerra puede fomenter desacuerdos fuertes o causarle molestia a algunos estudiantes, aun asi, los oficiales de la escuela no la pueden censurar. El criticar la escuela, los estudiantes, los maestros, los oficiales escolares, o la discusion sobre algun problema serio dentro o fuera de la escuela, generalmente es protegido.
¿Se me puede castigar por decir o escribir algo provocativo en la escuela?
En ocasion las autoridades escolares tratan de castigar a estudiantes que expresan declaraciones o chistes provocativos acerca del tema de la violencia, basandose en que el estudiante expresa una “amenaza terrorista.” Para considerarse “terrorista,” lo expresado debe de tener el proposito de ser entendido por otros como una amenaza. A la vez, las palabras expresadas deben de ser tan claras y convincentes, causandole temor razonable a otra persona, quien verdaderamente puede creer que tu tienes la intencion de llevar a cabo la amenaza.
¿Puedo expresar mis puntos de vista politicos en escrito en una publicación oficial de la escuela (por ejemplo, mis pensamientos acerca de la guerra o los cortes al presupuesto escolar)?
Si. En California, la ley claramente indica que la libertad de prensa aplica a publicaciones oficiales escolares escritas por estudiantes, aun si la escuela sostiene los gastos de produccion. (Esto significa que solo articulos con contenido de “obscenidad, calumnia, o provocando el desorden escolar” pueden ser censurados. La ley tambien indica que los editores estudiantes, y no los maestros ni administradores, son los responsables por asignatura y redaccion de los articulos. Sin embargo, el asesor de periodismo puede requerir que el periodico este de acuerdo con las normas profesionales de redactacion del idioma ingles y del periodismo.
¿Que debo de hacer si la escuela trata de censurarme?
Segun el Codigo Educacional de California, Seccion 48907, cada distrito escolar tiene la obligacion de poner en escrito las normas que rigen sobre actividades de discurso o de la prensa. Te puedes encontrar en una situacion donde un oficial escolar trate de ponerle limites a lo que tu dices o escribes. En tal caso, puedes examiner las reglas escritas de tu escuela para determinar si el oficial esta actuando dentro de lo legitimo.
Recuerda, a veces el ejerciciar tus derechos a la libertad de expresion conlleva riesgo. A veces, “gente de razon” – como tu y la directora de tu escuela, por ejemplo – pueden estar en desacuerdo hacia lo que constituye “interrupcion al orden escolar” o “calumnia”. Incluso los oficiales escolares no siempre estan actuando dentro de lo definido por la ley. Tu puedes estar dentro de tus derechos, y aun asi tengas que enfrentar una lucha en la escuela o hasta tomar medidas legales.
Para defenderte de la censura, es preciso que tomes los siguientes pasos. Asegura obtener en escrito los reglamentos de tu escuela acerca de la prohibicion de ciertas expresiones. Muestrales a los oficiales escolares el Codigo Educacional, Secciones 48907 y 48950. Pideles una respuesta en escrito dando sus razones porque siguen prohibiendo la expresion. Obten peticiones firmadas por otros estudiantes, padres, y maestros (especialmente los asesores de periodismo o el anuario estudiandil, de debate, los instructores de historia y ciudadania, y otros instructores que verdaderamente comprendan La Primera Enmienda de la Constitucion). Escribe un articulo para tu periodico estudiantil. Aboga en las juntas de la mesa directive escolar. Haz un llamado a padres, a la comunidad, y a organizaciones que abogan por los jovenes, y a expertos en La Primera Enmienda constitucional para que se unan contigo. Pasa la voz a los medios de comunicacion de tu distrito acerca de la controversia.